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Consejo de Estado deja en firme competencias del CNE para investigar campaña del presidente Petro

Foto: Archivo EL TIEMPO y Presidencia

  • El presidente Gustavo Petro ha cuestionado decisiones relacionadas con las elecciones de 2023.

Alianza Informativa El Tiempo /Redacción Justicia

Sala de Consulta de la alta corte rechaza petición de nulidad, elevada por el presidente, de la decisión que estableció que podían investigarlo como candidato.

La Sala de Consulta del Consejo de Estado acaba de rechazar una petición de nulidad que elevó el presidente Gustavo Petro, a través de su abogado Héctor Carvajal, contra la decisión que dicha sala adoptó el pasado 6 de agosto que estableció que el Consejo Nacional Electoral tenía competencias para investigar la campaña del presidente y también era competente para investigarlo a él como candidato.

La decisión del 6 de agosto fue adoptada con ponencia de la magistrada María del Pilar Bahamón, al resolver un conflicto de competencias entre el CNE y la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes para la investigación de la campaña por violación de topes electorales.

En dicha decisión la Sala hizo una aseveración sobre el fuero del presidente, indicando que  “el fuero especial del presidente de la República, conforme a lo previsto en los artículos 174, 175 y 178 Constitucional, se predica de las investigaciones penales y disciplinarias, sin que se pueda hacer extensivo a las investigaciones administrativas por presunta violación al régimen de financiación de campañas electorales que dan lugar a sanciones de tipo administrativo de competencia del Consejo Nacional Electoral”.

Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes.

Foto: EL TIEMPO

El Consejo de Estado aún no ha publicado un documento con el fundamento jurídico de su decisión.

La alta corte también tiene pendiente resolver una acción de tutela que presentó el presidente Petro, a través de su abogado Héctor Carvajal, con la que pretende tumbar la decisión de la Sala de Consulta, que le ha servido de fundamento al CNE para la formulación de un pliego de cargos contra el presidente.

Detalles de la solicitud de nulidad

En el documento, el abogado Carvajal advierte, primero, que la Sala de Consulta no era competente para dirimir el conflicto entre el CNE y la Comisión de Acusaciones. También aseguró que “ante lo que corresponde al Consejo Nacional Electoral no puede incluirse potestad de investigar y sancionar al presidente electo”.

“La competencia del CNE para auditar, revisar e investigar las campañas electorales a la presidencia de la República, sobre el estricto cumplimiento de las normas sobre financiación de que trata la citada ley, termina en el momento en que una de ellas resulte victoriosa, momento en el cual, frente a quien resulte electo como Presidente, esta situación se radicará el cabeza de la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes”, anotó Carvajal.

Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto: Presidencia

En estudio otra tutela

El abogado Héctor Carvajal presentó una acción de tutela en la que le pide al Consejo de Estado que revoque la decisión de la Sala de Consulta que habla sobre el fuero presidencial y que advierte que el CNE sí puede investigar al presidente como excandidato.

“Dejar sin efectos la decisión adoptada por el Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil de fecha 6 de agosto de 2024, mediante la cual, en abuso y/o extralimitación de funciones y de forma arbitraria, ordenó al Consejo Nacional Electoral-CNE seguir adelante investigando al Presidente de la República, en sede administrativa, aduciendo falta de fuero frente a la actuación que allí se sigue”, indicó la tutela de Carvajal que está pendiente de resolución.

Sin embargo, el pronunciamiento del Consejo de Estado que avaló las competencias del candidato goza en este momento de plena validez.

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