Corte emitió concepto desfavorable a proyecto que amplía beneficios a jefes criminales

Corte Suprema de Justicia. Foto Tomada de X @CorteSupremaJ
Lo dio a conocer en el Consejo Superior de Política Criminal.
La presidenta de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Myriam Ávila Roldán, emitió voto desfavorable al proyecto de ley del Ministerio de Justicia que busca ampliar los beneficios para integrantes de grupos armados que se sometan a procesos de paz.
Las razones que expresó en el Consejo Superior de Política Criminal fueron las siguientes:
En criterio de la presidenta, al interior del Consejo Superior de Política Criminal, el contenido de la propuesta no ha tenido aún una suficiente discusión y deliberación. Igualmente, consideró que se trata de un tema muy delicado para el país que necesita mayores consensos y un análisis más reposado, dado los impactos que puede tener en términos de política criminal.
De la revisión del articulado y la exposición de motivos no se advierte una justificación debidamente sustentada de los desafíos operacionales y el impacto fiscal de la propuesta, dado que se asignan responsabilidades significativas a la rama judicial penal ordinaria.
El articulado no es suficientemente claro en relación con los recursos y la metodología de implementación para atender las necesidades que acarrea la propuesta. La exposición de motivos no da cuenta de diálogos previos o acercamientos con la judicatura para discutir las posibilidades materiales y los retos administrativos que surgirían de implementarse el articulado.
Si bien existe un marco legal establecido en la Ley 2272 de 2022 que definió los lineamientos generales de la política de ‘Paz Total’ como una política de Estado, se necesita mayor justificación respecto de la insuficiencia de los modelos normativos existentes para satisfacer los fines que persigue esta propuesta y explicar por qué la normatividad existente no resulta idónea o eficaz para la búsqueda de la paz en las condiciones propuestas en el borrador de proyecto de ley.
La inconveniencia de combinar, en una iniciativa que construye un modelo de justicia transicional, asuntos propios de la justicia ordinaria, y adicionalmente, temas de seguridad ciudadana como el procesamiento de personas judicializadas por conductas cometidas en el marco de disturbios públicos o en el ejercicio del derecho a la protesta social.